Vienes de Excel o Word
Migra a un software validado por AEAT — Holded es Colaborador Social oficial y tiene Verifactu nativo. No hay que reescribir el histórico, solo arrancar el nuevo flujo desde la primera factura post-migración.
Todos los autónomos en IRPF que emitan factura están obligados a partir del 1 de julio de 2027 (RD-ley 15/2025). Sin umbral por volumen. Excepción: si ya estás en el SII, no te aplica. Si usas FacturaPlus, Excel o un programa no validado, hay que migrar antes.
Sin umbral por volumen. Da igual si facturas 10.000€ o 300.000€ al año — la obligación es por emitir factura. Las sociedades (SL, SA, cooperativas, etc.) ya entran antes: el 1 de enero de 2027. Para autónomos hay seis meses más de margen.
Si estás en el SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) — por facturar más de 6M€, por estar en un grupo de IVA, por REDEME o por elección voluntaria — Verifactu no se te aplica. Ya estás enviando el detalle de tu facturación a la AEAT en tiempo real por otra vía y el legislador no quiere duplicar la carga.
Si dudas si te aplica el SII, lo más limpio es preguntar al asesor: el SII no es automático por nivel, depende de la circunstancia concreta. Y si entras al SII a mitad de año, la exclusión Verifactu se activa desde la entrada al SII.
Comparativa SII vs Verifactu en detalleEsta checklist es la versión "autónomo" de la general — con menos parafernalia empresarial pero los mismos seis controles obligatorios.
Migra a un software validado por AEAT — Holded es Colaborador Social oficial y tiene Verifactu nativo. No hay que reescribir el histórico, solo arrancar el nuevo flujo desde la primera factura post-migración.
FacturaPlus está discontinuado y nunca tendrá Verifactu. Hay que migrar sí o sí. FacturaScripts está pendiente de validación AEAT del módulo Verifactu — arriesgado depender de eso. La opción segura es Holded antes del Q1 2027.
Auditoría de tu configuración actual (series, modalidad VeriFactu / No-VeriFactu, integraciones que generan factura automática). Lo dejamos compliant y documentado.
El 1 de julio de 2027. Esa fecha se fijó en el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que aplazó la entrada en vigor original. Para sociedades (SL, SA, cooperativas) la obligación llega antes — el 1 de enero de 2027 — y para autónomos seis meses después.
Todos los autónomos en IRPF que emitan facturas en el ejercicio de actividades económicas, más los no residentes con establecimiento permanente en España y las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil). La obligación es por emitir factura, no por nivel de facturación: un autónomo que factura 30.000€/año está igual de obligado que uno que factura 300.000€.
No. Los sujetos obligados al SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) están explícitamente excluidos del ámbito de Verifactu, porque ya envían el detalle de su facturación a la AEAT en tiempo real por otra vía. Si entras al SII por volumen, por estar en un grupo de IVA o por elección voluntaria (REDEME), Verifactu no te aplica.
FacturaPlus está discontinuado desde hace años y no tendrá soporte Verifactu nunca. FacturaScripts requiere configuración técnica específica y está pendiente de la validación AEAT definitiva del módulo Verifactu. Excel directamente no es válido como software de facturación bajo Verifactu — no puede generar la huella SHA-256 encadenada ni el código QR. Migrar a un software validado por AEAT (como Holded, que además es Colaborador Social oficial) es lo más simple. Cuanto antes, mejor — el último trimestre de 2026 va a estar saturado.
Sí. La obligación no tiene umbral por volumen ni por sector. Lo que cuenta es que estás obligado a emitir factura por tu actividad económica. Hay un caso límite a tener presente: si tu actividad solo emite recibos/justificantes (no factura formal) y no estás obligado a emitir factura por la operación, Verifactu no se activa hasta que la emitas. En la práctica, casi cualquier actividad B2B y la mayoría de B2C requiere factura.
No requieren Verifactu retroactivo. La obligación es solo para facturas emitidas a partir de la fecha de entrada en vigor para tu colectivo (1 julio 2027 si eres autónomo IRPF). Las históricas se conservan según la normativa anterior y no hay que reescribirlas, encadenarlas ni firmarlas.
Hasta 50.000€ por software de facturación que no cumpla los requisitos técnicos (artículo 201 bis Ley General Tributaria). La sanción es por tener el software, no por cada factura — así que el que usa Excel y emite 50 facturas al año y el que emite 5.000 se exponen al mismo tope. Dado el volumen de autónomos afectados, las inspecciones serán sistematizadas.
Para la inmensa mayoría de autónomos, VeriFactu (envío en tiempo real a la AEAT) es la opción sensata: simplifica la operativa, reduce obligaciones de conservación interna y da más confianza al cliente. No-VeriFactu (conservación íntegra durante años con responsabilidad técnica plena sobre la trazabilidad) solo tiene sentido si tienes restricciones de conectividad reales o un asesor con criterio fundado para ello.
30 minutos de llamada y salimos con un plan claro: qué tienes, qué falta, qué cuesta dejarlo listo. Sin compromiso.