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Comparativa

SII y Verifactu son sistemas distintos. No te aplican los dos a la vez.

Confusión habitual: SII y Verifactu suenan parecido pero son sistemas de información a la AEAT que cubren huecos distintos. SII desde 2017 para grandes contribuyentes; Verifactu desde 2027 para el resto. Aquí va la tabla práctica con datos vigentes.

SII

Si facturas mucho

Más de 6,01M€ al año, grupo IVA, REDEME o AAPP → SII obligatorio desde 2017. Envías los libros de IVA cada cuatro días. Verifactu NO te aplica.

VERIFACTU

Si emites factura y no entras en SII

Sociedades el 1 enero 2027 · Autónomos el 1 julio 2027. Cada factura con huella SHA-256 encadenada y QR. Software validado por AEAT obligatorio.

NADA

Si no emites factura

Particulares, asalariados puros, actividades exentas que no facturan… Ni SII ni Verifactu. Si en algún momento empiezas a emitir factura, se evalúa el régimen.

Comparativa

Las ocho diferencias que importan

Datos vigentes a 2026. Si tu situación es ambigua (cerca del umbral, multi-entidad con regímenes distintos), conviene auditar.

AspectoSIIVerifactu
Año de obligatoriedadDesde 20171 enero 2027 (sociedades) · 1 julio 2027 (autónomos)
Sujetos obligadosFacturación > 6,01M€, grupos IVA, REDEME, AAPPTodos los obligados a emitir factura no en SII
Qué se envíaRegistros de facturación agregados (libros de IVA)Huella SHA-256 encadenada + QR · opcional: factura completa en tiempo real
Plazo de envío4 días hábiles desde la expedición/registroTiempo real (modalidad VeriFactu) o conservación íntegra (No-VeriFactu)
FocoSobre los registros y libros (ERP)Sobre cada factura individual (SIF, software de facturación)
Marco legalRD 596/2016 (creación) y posterioresRD 1007/2023 · RD 254/2025 · Orden HAC/1177/2024 · RD-ley 15/2025
Compatibilidad con el otroExcluye Verifactu mientras se esté obligadoSolo aplica a quien NO esté en SII
Software en HoldedActivación SII en configuración fiscalActivación Verifactu nativo (Colaborador Social oficial AEAT)
Casos de transición

Pasar de un sistema al otro

Cuando una empresa cruza el umbral de los 6M€ — para arriba o para abajo — el régimen cambia. Esto es lo que pasa en cada dirección.

Verifactu → SII

Creces, superas 6M€ y entras en SII

Desde la fecha de entrada al SII (típicamente 1 de enero del ejercicio siguiente al que superaste el umbral) dejas de estar obligado a Verifactu. Tu ERP debe activar el envío SII y desactivar la modalidad Verifactu para nuevas facturas. El histórico Verifactu previo se conserva conforme estaba.

SII → Verifactu

Bajas de 6M€ y sales del SII

Desde la fecha de salida del SII pasas a Verifactu. Tu ERP debe desactivar el envío SII y activar la modalidad Verifactu (VeriFactu o No-VeriFactu, según prefieras). Si tu ERP ya estaba integrado con AEAT por el SII, suele ser activación de un par de flags, no migración.

FAQ

Preguntas frecuentes SII vs Verifactu

¿Cuál es la diferencia básica entre SII y Verifactu?

SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) y Verifactu son dos sistemas distintos de información a la AEAT que no se solapan. SII envía los registros de facturación a la AEAT desde el ERP en plazo casi inmediato (cuatro días). Verifactu se aplica sobre el propio software de facturación: cada factura genera una huella SHA-256 encadenada con la anterior y un código QR, y opcionalmente se envía la factura completa a la AEAT en tiempo real (modalidad VeriFactu). Un sujeto solo está en uno de los dos sistemas, nunca en los dos.

¿Quién está obligado al SII?

Empresarios y profesionales con periodo de liquidación mensual: facturación anual superior a 6.010.121,04€ del año anterior, grupos de IVA, inscritos en REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA), y administraciones públicas. También quien voluntariamente quiera entrar pasando al régimen de devolución mensual. El SII es obligatorio para esos colectivos desde 2017.

¿Quién está obligado a Verifactu?

Todos los obligados a emitir factura que NO estén en SII. Es decir: la inmensa mayoría de pymes españolas, autónomos, sociedades civiles con objeto mercantil, comunidades de bienes. Fechas vigentes tras RD-ley 15/2025: sociedades (sujetos del IS) desde el 1 de enero de 2027, autónomos en IRPF y resto desde el 1 de julio de 2027.

¿Por qué se excluyen mutuamente?

Porque cumplen funciones equivalentes para la AEAT — saber quién factura qué a quién. SII manda el detalle de los registros agregados; Verifactu firma cada factura individualmente con encadenamiento criptográfico (modalidad No-VeriFactu) o las manda en tiempo real (modalidad VeriFactu). El legislador no quería duplicar la carga de cumplimiento para los grandes contribuyentes, así que SII excluye automáticamente de Verifactu.

Mi empresa va a superar los 6M€ este año y entrar en SII. ¿Qué pasa con Verifactu?

Si entras en SII a mitad de 2026 o 2027, dejas de estar obligado a Verifactu desde el día de entrada al SII (la obligación SII desactiva la Verifactu). Pero ojo con el periodo previo: si emitiste facturas como sujeto Verifactu (post-fecha de tu colectivo) y luego cambias a SII, ese histórico previo conserva su naturaleza Verifactu y debe haberse generado conforme. No se borra retroactivamente.

Si bajo de los 6M€ y salgo del SII, ¿paso a Verifactu?

Sí, automáticamente desde la fecha de salida del SII (suele coincidir con el 1 de enero del año siguiente al ejercicio en que se incumplen los requisitos). A partir de ahí entras en Verifactu y tu ERP debe estar configurado conforme. Si vienes de SII, normalmente tu ERP ya está bien preparado para integraciones con AEAT — solo hay que activar la modalidad Verifactu correcta.

Mi sociedad emite factura y mis autónomos colaboradores también. ¿Cómo se gestiona el conjunto?

Cada NIF se evalúa por separado. Si tu SL emite y no está en SII → Verifactu obligatorio desde el 1 de enero de 2027. Si los autónomos colaboran como personas físicas independientes que emiten factura a tu SL → cada uno cumple Verifactu (desde el 1 de julio de 2027) por su cuenta con su software. No hay cumplimiento agregado por grupo a efectos de SII/Verifactu.

Holded soporta los dos sistemas?

Sí. Holded soporta SII (con cumplimiento de plazo de cuatro días en el envío de registros) y soporta Verifactu nativo (Holded es Colaborador Social oficial de la AEAT para Verifactu). Configurar uno u otro depende solo del régimen de tu entidad. Si tu sociedad oscila cerca del umbral de 6M€, el ERP gestiona ambos sin que tengas que migrar.

¿No tienes claro si te aplica SII o Verifactu?

Diagnóstico de 30 minutos. Salimos con el régimen confirmado por escrito y la configuración que toca en tu ERP.